Respuesta breve
Lo esencial
Consulta el expediente desde el portal oficial del IMV o desde la Sede de la Seguridad Social. Utiliza el identificador entregado al presentar la solicitud: el número de registro electrónico no es lo mismo que el código de referencia o el CSV.
Empieza por el justificante
Localiza el resguardo generado cuando registraste la solicitud. Según el canal utilizado, puede contener un código de referencia, un CSV o un número de registro electrónico.
No pruebes identificadores al azar ni vuelvas a presentar la misma solicitud solo porque una consulta no reconozca el código. Primero confirma qué servicio corresponde a tu forma de presentación.
Qué canal utilizar
El portal oficial del IMV reúne el acceso para conocer la resolución, aportar documentación y presentar una reclamación previa. La Sede Electrónica mantiene además el procedimiento de solicitud y los servicios de consulta disponibles.
- Si presentaste con identificación electrónica, revisa el registro y tus notificaciones en la Sede.
- Si utilizaste el formulario sin certificado, usa el servicio de seguimiento asociado a esa solicitud.
- Si recibiste un requerimiento, responde desde el canal indicado y conserva el nuevo justificante.
Qué significa el plazo de seis meses
La Seguridad Social informa de un plazo máximo de seis meses para resolver y notificar. El tiempo real puede ser menor y un requerimiento puede cambiar lo que necesitas hacer, por lo que no conviene esperar sin revisar las comunicaciones.
La falta de respuesta dentro del plazo máximo tiene efectos jurídicos que no deben confundirse con una concesión. Si el plazo se ha agotado, revisa el expediente y valora asesoramiento antes de dejar pasar el plazo de reclamación.
Si el estado no cambia
Comprueba que no haya notificaciones pendientes, datos de contacto incorrectos o documentación solicitada. Puedes utilizar los canales oficiales de atención, pero evita enviar por correo ordinario copias de documentos sensibles a direcciones no verificadas.
Fuentes oficiales
Verificamos esta guía con estas fuentes. Consulta la versión vigente antes de presentar documentos o dejar transcurrir un plazo.